Preguntas frecuentes

  • Home
  • Preguntas frecuentes

¿Puedo revisar o solicitar antecedentes de un título que no es de mi propiedad?
Sí, los Registros de los Conservadores son públicos.

¿Puedo solicitar un Dominio solo con el Rol de Avalúo?
Sí, en la medida que el Servicio de Impuestos Internos, mantenga información en su base de datos, referentes a la inscripción del título respectivo. Esta información es obtenida internamente por los funcionarios. En caso de no contar con esa información, será derivado a revisión de los índices del registro de propiedad.

¿Qué necesito para requerir la inscripción de una Herencia?
Si la Herencia es Intestada, debe acompañar el Certificado de Posesión Efectiva otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación, junto al certificado de impuesto de herencia, extendido por el Servicio de Impuestos Internos. En caso de que el inmueble pague contribuciones, éstas deben estar al día.

Si la herencia es testada, debe acompañar la sentencia respectiva con su resolución de ejecutoriedad, junto al certificado de impuesto de herencia, inventario de bienes y el testamento. Estos antecedentes pueden ser descargados, igualmente, con el Rol de la causa voluntaria en la página web www.pjud.cl. En caso de que el o los inmuebles paguen vontribuciones, éstas deben estar al día.

¿Puedo solicitar antecedentes de un inmueble ubicado en otra Comuna o Región?
No, este Conservador solo mantiene información y jurisdicción de los inmuebles de la ciudad y comuna de La Unión.

¿Cómo puedo saber si una propiedad tiene alguna limitación o gravamen?
Solicitando el certificado de hipotecas y gravámenes, prohibiciones e interdicciones.

¿Puedo requerir una inscripción en virtud del D.L. 2.695 (saneamientos)?
No, estas inscripciones solo son requeridas por el Ministerio de Bienes Nacionales a través de sus Secretarías Regionales Ministeriales, mediante la resolución que ésta emite.

¿Qué documentos debo acompañar para requerir una inscripción producto de una subdivisión?
La escritura pública correspondiente y los documentos de la subdivisión de éste. Para el caso de un inmueble urbano, el plano de subdivisión, resolución de aprobación de subdivisión, memoria explicativa, ambos aprobados por la Dirección de Obras Municipales, certificado de asignación deroles emitido por el Servicio de Impuestos Internos y certificado de número (si corresponde).

Para el caso de inmueble rural, el plano de subdivisión debidamente aprobado por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), certificado de aprobación SAG y certificado de asignación de roles emitido por el Servicio de Impuestos Internos.

¿Puedo solicitar audiencia con el Conservador?
Sí, previa petición de hora al correo electrónico.

¿Si soy abogado/a, puedo solicitar hora para realizar un estudio de títulos más extenso?
Sí, previa petición de hora al correo electrónico. Este oficio mantiene un espacio independiente, destinado para estos efectos.

¿Puedo solicitar un traslado de un título al Conservador de Paillaco?
Sí, estas peticiones pueden ser realizadas por cualquier persona. Los títulos de dominios que originalmente se inscribieron en este Conservador y que pertenecen a la Comuna de Paillaco, deben ser trasladados, sin costo (Ley 20.492), al Conservador de Paillaco, cuya creación se realizó en el año 1993. Este Conservador no tiene jurisdicción sobre esos inmuebles.

¿Cómo se cancela una inscripción de usufructo?
Por la renuncia del usufructuario, manifestando su intención mediante escritura pública. O bien, por el fallecimiento de éste, exhibiéndose el certificado de defunción.